Elecciones sindicales

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Con fecha 30 de julio de 2024, Comisión Obrera Nacional de Cataluña presentó ante el Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Catalunya el preaviso de convocatoria de elecciones para representantes de los trabajadores y trabajadoras en el IISPV.

 

De acuerdo con el calendario propuesto por la parte promotora, el día 16 de septiembre se ha constituido la Mesa electoral, que estará formada por:

 

  • Un presidente o presidenta, que es la persona trabajadora más antigua.
  • Un secretario o secretaria vocal, que es la persona trabajadora más joven.
  • Un o una vocal, que es la persona trabajadora de mayor edad.

 

Para cualquier duda o aclaración puede contactar a la dirección: mesaelectoral@iispv.cat

 

Con fecha 16 de septiembre, ha comenzado el proceso de elecciones sindicales en el IISPV mediante el cual se escogerán a los representantes de los trabajadores y trabajadoras del IISPV en las votaciones que se harán el próximo 28 de octubre de 2024. Tal como establece la normativa, se ha constituido la Mesa Electoral.

 

Para ejercer el derecho de sufragio, debe figurarse en el censo electoral. Si no estás censado, no podrás votar ni presentar tu candidatura. Es importante que compruebe si los datos que constan son correctos para asegurar que el 28 de octubre pueda ejercer su derecho a votar. Si hay alguna incidencia o reclamación, debe enviarlo, por correo electrónico, a la Mesa Electoral (mesaelectoral@iispv.cat).

 

Podrás comprobar si estás censado entrando en la Intranet del IISPV.

 

El plazo máximo para enviar incidencias/reclamaciones es el día 25/09/24.

  • La petición del voto por correo podrá realizarse desde el día siguiente a la Constitución de la Mesa Electoral y hasta cinco días antes del día de la votación.

 

  • La solicitud de voto en las respectivas Mesas Electorales debe hacerse por escrito, a través de CORREOS con envío certificado.

 

  • Esta solicitud de voto se efectuará ante la oficina de CORREOS, por duplicado (original y copia), en sobre abierto, para ser sellados por la funcionaria o funcionario antes de introducir el original en el sobre, exhibiendo el DNI para que puedan comprobarse los datos personales y la coincidencia de firma, que remitirá a la atención de la Mesa Electoral a través de correo certificado.

 

  • La Mesa Electoral al recibir la petición, comprobará que los datos del solicitante son correctos y forma parte, como electora o elector, del censo electoral, remitiéndose las papeletas electorales de las diferentes candidaturas presentadas más una en blanco, un sobre dónde introducir la papeleta elegida y un sobre mayor donde introducir el sobre cerrado con la papeleta elegida y fotocopia del DNI.

 

  • Una vez recibida por parte del/de la solicitante esta documentación, introducirá la papeleta deseada en el sobre pequeño remitido, lo cerrará y junto con la fotocopia de su DNI introducirá ambas cosas en el sobre de mayor tamaño, que remitirá al atención de la Mesa Electoral a través de correo certificado, en CORREOS.

 

  • Cuando la Mesa Electoral reciba el correo certificado, lo custodiará cerrado hasta el día de la votación. Al finalizar el horario establecido, comprobando la exactitud de los datos y asegurándose de que no ha votado presencialmente, se introducirá la papeleta de votación en la urna. En caso de que la electora o elector hubiera votado presencialmente ese día, debería comunicarlo a la Mesa Electoral, para destruir este voto antes del recuento…